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PROPONE GINA CRUZ LEY PARA LA CONTENCIÓN DE LA FUERZA ARMADA PERMANENTE

Nacional Miércoles 15 de mayo de 2019 17:52
Linea
  • Esta iniciativa nace de la Ley que crea la Guardia Nacional

  • Tardará 5 años en establecerse esta nueva corporación se seguridad

  • Se busca que las autoridades civiles recuperen el control en el corto plazo 

CIUDAD DE MÉXICO, A MIÉRCOLES 15 DE MAYO DE 2019 / Redacción.- Con el fin de regular el criterio del Ejecutivo federal en el uso de la fuerza pública en tanto se instala la Guardia Nacional, la senadora Gina Andrea Cruz Blackledge, propuso la creación de la Ley para la Disposición de la Fuerza Armada Permanente en Tareas de Seguridad Pública. 

Esa iniciativa nace de la reforma Constitucional que crea la Guardia Nacional, más específicamente en el Artículo Quinto Transitorio que señala que: 

Durante los 5 años siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, en tanto la Guardia Nacional desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial, el Presidente de la República podrá disponer de la Fuerza Armada Permanente en tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria. 

Gina Cruz comentó que esta nueva Ley que se pone a consideración de Senado de la República, privilegia la coordinación institucional, la actuación operativa, la rendición de cuentas y control sobre esta atribución del Ejecutivo.   

La legisladora por Baja California señaló que esta propuesta de Ley contempla lo expuesto en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, al tomar en cuenta los principios de intervención extraordinaria, regulada, fiscalizada subordinada y complementaria. 

Comentó que esta propuesta de Ley establece también que la legislación supletoria aplicable en la materia será la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con lo que se fortalece el principio convencional de subordinación de las fuerzas castrenses a las instituciones civiles. 

La senadora mexicalense expuso que también se propone un mecanismo mediante el cual se emitan declaratorias formales a partir de solicitudes expresas de las entidades federativas, o bien, en el ejercicio directo de la acción presidencial, pero siempre mediante actos jurídicos motivados y fundados.  

Gina Cruz explicó que la excepcionalidad y complementariedad de la participación de la Fuerza Armada permanente en tareas de seguridad pública, exige mecanismos orientados en atender no solo la contingencia que la motiva, sino a asegurar que las autoridades recuperen sus capacidades ordinarias en el menor tiempo posible, para que las labores castrenses sean decididamente excepcionales. 

Es por ello que las declaratorias deben tener mecanismos locales de coordinación en los que participen las autoridades competentes, bajo la conducción de un jefe civil designado por el Presidente de la República, a propuesta del secretario de Seguridad y Protección Ciudadana.

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