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REFORMAS A LEY DE CONSULTA POPULAR FORTALECEN EL MÚSCULO DE LA DEMOCRACIA: SENADORA NANCY SÁNCHEZ

General Jueves 29 de abril de 2021 14:38
Linea
  • Los mexicanos ampliarán sus opciones de participación directa y garantizan ese derecho en todos los temas que son de su interés particular

CIUDAD DE MÉXICO, A 29 DE ABRIL 2021 / Redacción.- Las reformas y adiciones a la Ley Federal de Consulta Popular aprobadas en la Cámara de Senadores llevan como propósito fortalecer el músculo de la democracia y fomentar la participación de los mexicanos en la toma de decisiones que les beneficien o, en caso contrario, les afecten de manera directa.

Al señalar lo anterior, la senadora Nancy Sánchez Arredondo señaló que, mediante este mecanismo aprobado por mayoría, incluyendo del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, los mexicanos ampliarán sus opciones de participación directa y se garantiza ese derecho sobre todo en temas que son de su interés particular.

La senadora de la República, del Grupo Parlamentario de Morena, informó que básicamente se introduce un lenguaje inclusivo en diversos artículos de la Ley y determina que la Consulta Popular Regional tiene trascendencia cuando, el tema propuesto repercuta en una o más entidades federativas o que impacte significativamente en los habitantes de la entidad o las entidades de que se trate.

La consulta popular, dijo, se celebrará el primer domingo de agosto, y ya no el mismo día de la jornada electoral federal, como actualmente se estipula en la Ley, además que amplía el catálogo de supuestos que no podrán ser objeto de Consulta Popular, como: la restricción de los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte; la permanencia o continuidad en el cargo de las personas servidoras públicas de elección popular; el sistema financiero; el presupuesto de Egresos de la Federación y las obras de infraestructura en ejecución.

Se establece que, para la Consulta Popular con transcendencia regional, la petición la realizará los ciudadanos de una o más entidades federativas en un número equivalente, al menos al dos por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores de la entidad o entidades federativas que correspondan.

La senadora Sánchez Arredondo indicó que en la reforma se especifica que la petición de Consulta Popular realizada por el Ejecutivo o por el 33% de las y los integrantes de alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión, deberá ser aprobada por la mayoría de cada Cámara y que el plazo en que deberá presentarse la petición de Consulta Popular será hasta el 30 de noviembre del año inmediato anterior al en que se pretenda realizar la jornada de Consulta.

Además, establece que los formatos de aviso de intención y de obtención de firmas ciudadanas, que podrán realizarse digitalmente, tendrán vigencia permanente y cualquier modificación a estos deberá realizarse a más tardar el 31 de marzo del año en que se pretenda realizar el ejercicio de consulta popular.

Para el caso de la Consulta Popular proveniente del Ejecutivo Federal y/o de los integrantes de cualquiera de las dos Cámaras del Congreso de la Unión, se propone que el dictamen que emitan las comisiones correspondientes en cada Cámara, en caso de proponer la aprobación de la petición de Consulta, contendrá un proyecto de Decreto que contenga la convocatoria, que expresará como mínimo: convocatoria, fecha de la jornada de consulta, la materia y la pregunta; así como notificación al Instituto Nacional Electoral.

Propone que sea el Instituto Nacional Electoral el que diseñe el formulario que se aplicará en la jornada de Consulta Popular en donde se pretende adicionar el recuadro para la “abstención” y garantice la integración de nuevas mesas directivas de casilla para la jornada de Consulta Popular, procurando habilitar los mismos inmuebles para la ubicación de las casillas que fueron determinados para la jornada electoral inmediata anterior.

Finalmente, la senadora Sánchez Arredondo informó que el mismo INE podrá crear centros de votación con las casillas que correspondan a la misma sección electoral, así como unificar en una sola hasta tres casillas cercanas que hubieran funcionado en la jornada electoral inmediata anterior. Los partidos políticos con registro nacional tendrán derecho a nombrar un representante ante cada mesa directiva de casilla.

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